Ahora mismo, dos lecheras de la UIP están identificando a las 40 personas de la Coordinadora 25S, que estaba reunidas en asamblea (abierta y accesible) en el parque del Retiro.
Fotos del momento: twitter.com/latule/status/247283214471790592/photo/1/large twitter.com/cler_ks/status/247283263092187136/photo/1/large twitter.com/latule/status/247291279409557504/photo/1/large Vídeo del momento: twitter.yfrog.com/0gr88pogvcexrynctqrqwdeez
Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión.
Artículo 3.
1. Ninguna reunión estará sometida al régimen de previa autorización.
Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión.
Artículo 3.
1. Ninguna reunión estará sometida al régimen de previa autorización.
Repito: 1. Ninguna concentración estará sometida al régimen de previa autorización
Necesitan cabezas de turco, les acusarán de haber organizado los disturbios.
Lo de que si son 20 o no, es el sexo de los ángeles. Irán a por ellos el 26S.
Si comunicas a delegación de Gobierno que te vas a reunir con 40 personas en un parque ni se molestan en enviarte un guardia urbano a no ser que haya indicios de que vais a cometer un delito, razón por la cual sí os podrían identificar, no por ejercer uno de los derechos fundamentales.
Todo lo contrario a lo que tenemos.
No me toméis por lo que no soy, dije eso por lo que yo pienso que los estaban identificando, nada más, no significa que este de acuerdo con ello (que no lo estoy). Paz
Pero cuando acabó la dictadura se derogó.
En una democracia la gente no tiene que pedir permiso ni para hablar, ni para reunirse, ni para estar en la calle, ni para criticar al gobierno.
Y está bien que sea así.
¿Estamos en estado de excepción o sitio y no me he enterado? Vaya porquería es esta página que una noticia tan importante ha sucedido y no aparece en portada.
Para todo lo demás, este extracto de la constitución en versión pdf que proporciona el ministerio del interior.
Artículo 21
Derecho de reunión
1.
Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2.
En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
cc/ #5 y los lumbreras que han votado detrás...
En fin, el gobierno está consiguiendo lo que quiere, que a la gente se le vaya la pinza y en vez de pensar con la cabeza se dedique a crucificar al prójimo viendo "fascistas" y "herejes" por todos lados. Con un poco de suerte consiguen que nos matemos entre nosotros como borregos, perdamos el raciocinio que nos queda y les allanemos el camino. Total, los políticos no son muy distintos de nosotros, de tal palo...
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo9-1983.html#c4
Artículo 8.
La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo. Si se tratare de personas jurídicas la comunicación deberá hacerse por su representante.
Una de las libertades más perseguida por un tribunal de excepción, el de
Orden Público (TOP), fue la de reunión, que, junto con la de expresión, se consideraba peligrosa y
atentatoria contra la seguridad del Estado. Todas las reuniones públicas necesitaban autorización
oficial, excepto aquellas de menos de veinte personas.
bachiller.sabuco.com/historia/Leyes fundamentales del franquismo.pdf
really
Si no hay indicios de delito, no hay nada que hacer.
Y juntarse gente no es indicio de nada.
Por favor, dejemos de defender las medidas represivas.
Solo se pueden pedir si hay indicios de la comisión de faltas o delitos.
Juntarse mil personas en un lugar público sin comunicarlo no es ni delito ni falta, simplemente no te ampara el derecho de reunión. Es decir, tu reunión no está protegida por la ley.
Pero que tú renuncies a ese derecho no significa que sea un acto ilegal, no hay fundamentos para pedir identificaciones.
La ley del derecho de reunión es un derecho para proteger… » ver todo el comentario
Que yo no he justificado nada. Tú preguntas algo, yo te contesto. ¿Que estoy equivocado? Pues vale, puede ser, pero no me acuses de defender que hayan llegado y les hayan pedido el carnet porque sí porque no es así.
Es más, aunque les ampare la ley para pedirlo, me parece un atropello igualmente. Pero vamos, que lo que me parece lamentable también es que por responder a una pregunta (acertada o equivocadamente) tenga que justificar mi ideología y aclarar qué es lo que creo y lo que no.
Disculpa el tono, me encendí.
Se te quitaban las ganas de votar irrelevante, sensacionalista o cansina. Vamos, pura demagogia.
Usted sería el primero en mearse encima en cualquier intervención policial como esta. Desde el asiento de un hogar, uno es más valiente que en el propio campo de batalla, ¿no es una paradoja?.
Parece ser que si.
Dicho esto me parece que hay muchas leyes en nuestro país muy restrictivas y que no apoyo, tienen orígen en una época más oscura de nuestra sociedad y que en su momento podían justificarse pero tras 30 años ya va siendo hora de modificar en profundidad este tipo de cosas para dar más derechos y libertades a los ciudadanos.
Cosa que no parece compartir el actual gobierno, ni el anterior claro.
En ese caso lo que es ilegal será cuando se junten en el Congreso (si lo hacen). Pero no esto, que no están en las puertas del congreso.
Es decir, si 4 personas se juntan en su casa para organizar la manifestación en el congreso sería el mismo caso, y a nadie se le ocurre que vayan dos lecheras a identificarte a ver de qué hablas en tu casa.
Si yo hago público que me voy a reunir con unos amigos en casa para planear cometer un delito y se entera la policía a lo mejor hasta vienen a detenerme, dependiendo de la magnitud del delito, necesitarían una orden judicial claro, aunque por esto no creo que se la dieran porque es un delito muy menor, si es que lo es, no creo que hayan condenado nunca a nadie y yo he visto a gente manifestarse delante del congreso cuando había pleno.
En este caso, no era ilegal.
Aqui o eres culpable o inocente. No existe lo de "No culpable"
Sobre la noticia, es una vergüenza. Por no hablar de las listas negras de activistas, reconocidas por miembros de la policía ante juez, y otras lindezas.
Te remito a tu comentario #93: #14 Lo de alegal no existe, o es ilegal o no lo es
Si sigues sin comprender el porqué de este offtopic, te recomiendo refuerzo de comprensión lectora.
Y sí, es obvio que hay cosas que no están reguladas (ni deben), pero lo alegal es aquello que debería estar regulado y la legislación es ausente.
www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=2
Si no hay indicios de falta/delito, es injustificable pedir la documentación.
No puede haber una norma de quinto orden que se cargue un derecho constitucional. Ni en España ni en ningún estado de derecho digno de ese nombre.
Y también tiene narices decir que 20 o 40 o 100 personas en el retiro ponen problemas al tránsito. Yo doy por hecho que ninguno de nuestros representantes públicos se les ocurriría nunca
Aquí lo que hay de verdad es que molesta que la gente haga esto. Y se busca alguna ley… » ver todo el comentario
No se está condenado nada tampoco, se ha pedido el DNI. No han metido en la cárcel ni multado ni, siquiera, abierto un proceso contra nadie. Tampoco nos pasemos de vueltas.
No se está condenado nada tampoco, se ha pedido el DNI. No han metido en la cárcel ni multado ni, siquiera, abierto un proceso contra nadie. Tampoco nos pasemos de vuelta
¿Estás admitiendo que es una identificación arbitraria y ajena a Derecho?
¿Cuando lleguen las preciosas multas con los más diversos y disparatados cargos tampoco serán detenciones y acusaciones ilegales o prevaricadoras?
Iba a editar lo de condena en #61, que es un error, pero ya no puedo
Si, creo que todos tenemos claro que es así.
Como luego el 25S no se cometan delitos, a ver cómo justifican estas medidas.
En realidad yo creo que la casta no tiene ningún interés en gestionar España con eficacia y como un estado de derecho. Solo miran por lo que les interesa y si pueden usar a la policía para lo que les apetece lo hace,. Si no estuviera el 25S, seguro que los mandaban a unos recados en vez de a perseguir delincuentes.
Así se implantan las mafias organizadas en España. de pura incompetencia de nuestros políticos.
Constitución Española
Artículo 9.
1. Los ciudadanos y los poderes públicos… » ver todo el comentario
Ya que la dictadura se acerca, que se acerque para todos, no solo para los que quieren un país mejor y una verdadera democracia.
Que se vea la mierdocracia que tenemos.
Y yo pensaba que España era un país libre. ¡Qué ignorante soy!
La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo. Si se tratare de personas jurídicas la comunicación deberá… » ver todo el comentario
El derecho de reunión es un derecho constitucional, así que para cambiarlo es necesaria una norma del mismo rango ¿ verdad ? Pues no hay otra norma del mismo rango que la constitución. Así que creo yo que no se puede prohibir reunirse amparándose en una norma de rango inferior.
Esto es así al menos en los estaos democráticos y en lso estados de derecho.
Como sabes, hay quien se cuestiona que esto sea una democracia de verdad y que esto sea un estado de derecho de verdad.
No sé cuál es tu opinión.
Creo que ignoras cosas básicas.
Estar reunidos en un parque público no impide el tránsito.
Están prostituyendo los conceptos expresados en la ley, para impedir un derecho Constitucional.
Lo mínimo decía ser una denuncia en el juzgado, y apelacion al defensor del pueblo, con objeto de interponer recursos de amparo ante el tribunal Constitucional.
Aquí tienen una buena ocasión los jóvenes abogados simpatizantes con el movimiento para hacer prácticas recurriendo a alto nivel.
Abajo la dictadura.
Titular sacado de: twitter.com/DRYmadrid/status/247287432385531904
Entradilla sacada del facebook de: www.facebook.com/juventudsinfuturo
Esas épocas ya pasaron.
No hay nada mas que disir.
Llamas a la policía municipal y te dicen "amablemente" que no están para "esas tonterías".
"Ladran, luego cabalgamos."
Pero en lugar publico.
En lugares privados no en general, y en domicilios nunca salvo orden judicial o flagrante delito.
Si les piden identificarse al margen de que esté bien o mal que sea legal o no pues no pasa jurídicamente nada que yo sepa.
No es como ficharte.
Igual vale para las famosas listas, pero si quieren hacer valer la concurrencia en actos digamos "alegales o ilegales" se debe demostrar que estabas en… » ver todo el comentario
Los propios policías son los más cagones de todo esto, con todo lo que les están quitando y van y defienden a los perros del gobierno.
Por cierto esto es anticonstitucional como bien dicen por ahí, y por mucho que se pasen la constitución por el culo, espero que un juez de ejemplo. A no ser que esté comprado que ya no me estrañaría nada en este puto país.
La ley orgánica la han cambiado estos cabrones para esto mismo, que no nos podamos reunir.
La constitución se hizo para que todos tuvieramos unos mínimos derechos, así que sí es anticonstitucional y a la vez no cumple con el artículo que dices más arriba, vamos que tiene guasa la cosa.
Anda que como os vais por la tangente cuando no sabeis que decir.
Los derechos fundamentales se desarrollan por leyes orgánicas otra cosa es que tu eso lo ignores.
Y no me digas lo que se o no se decir, o escribir.
Yo no ignoro muchas leyes, pero seguro que los que han escrito esto sí, y por lo visto tú estás muy puesto en leyes, a mí que me cuentas si ignoro o no ignoro, el que se va por la tangente eres tú.
Una cosa es que pidan identificación y otra que no les dejen ejercer el derecho de libre reunión. Son cosas distintas.