#61 Uno de los argumentos esgrimidos por la sala, formada los jueces Jesús María Barrientos –presidente del TSJC–, Mercedes Armas y Carlos Ramos, es que las fuerzas del orden no pueden ser entendidos como un “colectivo vulnerable” y, en consecuencia, un discurso hostil contra la autoridad “no puede ser sancionado conforme al art. 510 CP”, es decir, como un delito de odio.
¿ Donde dice el código penal lo de oprimidos ?
www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-510/
Uno de los argumentos esgrimidos por la sala, formada los jueces Jesús María Barrientos –presidente del TSJC–, Mercedes Armas y Carlos Ramos, es que las fuerzas del orden no pueden ser entendidos como un “colectivo vulnerable” y, en consecuencia, un discurso hostil contra la autoridad “no puede ser sancionado conforme al art. 510 CP”, es decir, como un delito de odio.
www.lavanguardia.com/politica/20180629/45480949978/tsjc-rechaza-querel
cc #53 #229